Zona de bajas emisiones de Madrid: quién puede entrar, horario y multas
En todo el municipio de Madrid no pueden circular los turismos sin etiqueta de la DGT, salvo los domiciliados en Madrid desde el 1 de enero de 2022 que pagan allí el impuesto de circulación (régimen transitorio desde el 7 de abril de 2026). Con etiqueta B, C, ECO o 0 se circula sin restricción por la ZBE general, pero en el Distrito Centro la B y la C solo entran para aparcar o con permiso. La multa es de 200 € (100 € con pronto pago).
Quién puede entrar hoy
| Etiqueta | Domiciliado en Madrid | De fuera |
|---|---|---|
| Sin etiqueta | Solo con condicionesSolo con el régimen transitorio de la Ordenanza 2/2026: turismos domiciliados en la ciudad de Madrid de forma ininterrumpida desde el 1 de enero de 2022 y dados de alta en su impuesto de circulación (IVTM). Es temporal: se mantiene mientras se cumplan los límites de dióxido de nitrógeno, no vale los días de episodio de contaminación y no permite entrar en Distrito Centro ni en Plaza Elíptica. | No puede entrar |
| Etiqueta B | Puede entrar | Puede entrar |
| Etiqueta C | Puede entrar | Puede entrar |
| Etiqueta ECO | Puede entrar | Puede entrar |
| Etiqueta 0 | Puede entrar | Puede entrar |
| Etiqueta | ¿Puede entrar? |
|---|---|
| Sin etiqueta | Solo con condicionesSolo con el régimen transitorio de la Ordenanza 2/2026, que vale para los vehículos sin etiqueta que no son turismos, estén domiciliados donde estén. Es temporal: se mantiene mientras se cumplan los límites de dióxido de nitrógeno, no vale los días de episodio de contaminación y no permite entrar en Distrito Centro ni en Plaza Elíptica. |
| Etiqueta B | Puede entrar |
| Etiqueta C | Puede entrar |
| Etiqueta ECO | Puede entrar |
| Etiqueta 0 | Puede entrar |
Zona con reglas propias: Distrito Centro
Zona de bajas emisiones de especial protección (ZBEDEP) del distrito Centro.
| Etiqueta | ¿Puede entrar? |
|---|---|
| Sin etiqueta | No puede entrar |
| Etiqueta B | Solo con condicionesNo puedes atravesarlo. Puedes entrar para aparcar en un aparcamiento público o privado adherido al sistema de la zona, si estás empadronado en el distrito Centro (el permiso es automático si el coche está dado de alta en Madrid en la DGT) o con una invitación de una persona empadronada (hasta 20 al mes, válidas un día). |
| Etiqueta C | Solo con condicionesNo puedes atravesarlo. Puedes entrar para aparcar en un aparcamiento público o privado adherido al sistema de la zona, si estás empadronado en el distrito Centro (el permiso es automático si el coche está dado de alta en Madrid en la DGT) o con una invitación de una persona empadronada (hasta 20 al mes, válidas un día). |
| Etiqueta ECO | Puede entrar |
| Etiqueta 0 | Puede entrar |
- Sin etiqueta: desde el 1 de enero de 2025 solo pueden entrar los vehículos históricos y los adaptados para personas con movilidad reducida dados de alta en el sistema. No se pueden invitar vehículos sin etiqueta.
Zona con reglas propias: Plaza Elíptica
Zona de bajas emisiones de especial protección (ZBEDEP) de Plaza Elíptica. Las vías del perímetro son de libre circulación; las interiores están restringidas.
| Etiqueta | ¿Puede entrar? |
|---|---|
| Sin etiqueta | No puede entrar |
| Etiqueta B | Puede entrar |
| Etiqueta C | Puede entrar |
| Etiqueta ECO | Puede entrar |
| Etiqueta 0 | Puede entrar |
- Vehículos de titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR) dados de alta en el sistema de acceso.
- Vehículos históricos, de bomberos y de las Fuerzas Armadas. Los vehículos con matrícula extranjera pueden pedir permiso.
Dónde está y horario
Todas las vías públicas urbanas del término municipal de Madrid. Dentro hay dos zonas de especial protección con reglas más estrictas: Distrito Centro y Plaza Elíptica.
Horario
Sin franja horaria: el Ayuntamiento la define como una restricción permanente.
Próximas fases
No hay cambios aprobados con fecha.
Excepciones y permisos
- Los vehículos que conducen o en los que viajan titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR) pueden circular sin restricciones si están dados de alta en el sistema de gestión.
- Los vehículos reconocidos como históricos pueden circular sin restricciones.
- Turismos sin etiqueta domiciliados en la ciudad de Madrid desde el 1 de enero de 2022 y dados de alta en el IVTM: pueden circular de forma temporal con el régimen transitorio (ver la tabla).
- Autorizaciones excepcionales con solicitud justificada: por ejemplo, hasta la entrega de un vehículo nuevo comprado antes del 1 de enero de 2025, por días completos para ir a un hospital, o para vehículos industriales de autónomos que tenían 59 años o más el 1 de enero de 2025.
- Aparcamiento: los vehículos sin etiqueta no pueden aparcar en las plazas del SER, salvo excepciones. En 2026, los residentes con autorización del SER pueden aparcarlos en las plazas verdes de su barrio.
Si vienes de fuera
Con etiqueta B, C, ECO o 0 puedes circular por la ZBE general sin hacer ningún trámite: solo están restringidos los vehículos sin etiqueta. Un turismo sin etiqueta domiciliado fuera de Madrid no puede circular. Las furgonetas, motos y otros vehículos sin etiqueta que no son turismos sí pueden hacerlo de forma temporal, estén domiciliados donde estén. Los vehículos con matrícula extranjera también tienen que cumplir la ZBE.
Multas
- Importe
- 200 €
- Pronto pago
- 100 € (50 % de descuento) si pagas en los 20 días naturales siguientes a la notificación.
Es una infracción grave del artículo 76.z3 de la Ley de Tráfico. El control se hace con cámaras que leen la matrícula. En Distrito Centro el acceso indebido también se multa con 200 €.
Cómo saber si te han multado
Si te detecta una cámara, la denuncia no se entrega en el momento: se notifica después al titular del vehículo. Según la Ley de Tráfico, llega a la Dirección Electrónica Vial (DEV) si la tienes y, si no, por correo al domicilio que figura en la DGT. Si no se puede entregar, se publica en el Boletín Oficial del Estado y, pasados 20 días naturales, se da por notificada.
Cómo recurrir
En las multas que se tramitan con la Ley de Tráfico tienes 20 días naturales desde la notificación para pagar con un 50 % de descuento o para presentar alegaciones; si pagas con descuento, renuncias a alegar. Contra la sanción definitiva cabe recurso de reposición en el plazo de un mes. Comprueba los plazos exactos en tu notificación.
Información general, no asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Madrid
¿Puedo entrar en Madrid con un coche sin etiqueta si no vivo allí?
No. Solo pueden circular los turismos sin etiqueta domiciliados en la ciudad de Madrid desde el 1 de enero de 2022 y dados de alta en su impuesto de circulación, y solo mientras dure el régimen transitorio. Quedan a salvo las excepciones, como los vehículos de personas con movilidad reducida dados de alta y los históricos. Si entras, la multa es de 200 € (100 € con pronto pago).
Tengo etiqueta B o C: ¿puedo ir al centro de Madrid?
Por la ZBE general circulas sin límites. En el Distrito Centro no puedes atravesarlo: solo puedes entrar para aparcar en un aparcamiento público o privado adherido, si estás empadronado en el distrito o con una invitación de un empadronado (hasta 20 al mes, válidas un día).
¿Las motos y furgonetas sin etiqueta pueden circular por Madrid?
Sí, de forma temporal desde el 7 de abril de 2026 y estén domiciliadas donde estén, mientras Madrid cumpla los límites de dióxido de nitrógeno. No pueden hacerlo los días de episodio de contaminación ni dentro de Distrito Centro y Plaza Elíptica.
¿Hasta cuándo dura el régimen transitorio?
No tiene fecha de fin. Si alguna estación de vigilancia supera un valor límite de dióxido de nitrógeno, la Junta de Gobierno declarará su fin, y esos vehículos empezarán a ser multados seis meses después de publicarse ese acuerdo.
¿Qué pasa en Plaza Elíptica?
Allí solo están restringidos los vehículos sin etiqueta: con B, C, ECO o 0 puedes circular. Las calles del perímetro son de libre circulación y el régimen transitorio no se aplica dentro de la zona.
Tengo tarjeta de movilidad reducida, ¿me afecta la ZBE?
No, si el vehículo está dado de alta en el sistema de gestión: los que conducen o transportan a titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR) pueden circular sin restricciones.
Fuentes oficiales
- Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Ayuntamiento de Madrid (web oficial, consultada el 06/10/2026)
- Preguntas frecuentes sobre Madrid ZBE. Ayuntamiento de Madrid (web oficial, consultada el 06/10/2026)
- Ordenanza 2/2026, de 24 de marzo (BOAM nº 10099, 06/04/2026) (boletín oficial, consultada el 06/10/2026)
- Vehículos sin clasificación ambiental (categoría A). Ayuntamiento de Madrid (web oficial, consultada el 06/10/2026)
- ZBEDEP Distrito Centro. Información general. Ayuntamiento de Madrid (web oficial, consultada el 06/10/2026)
- ZBEDEP Distrito Centro. Personas empadronadas en el distrito Centro. Sede electrónica (web oficial, consultada el 06/10/2026)
- ZBEDEP Distrito Centro. Sanciones por acceso indebido. Ayuntamiento de Madrid (web oficial, consultada el 06/10/2026)
- ZBEDEP Plaza Elíptica. Preguntas frecuentes. Ayuntamiento de Madrid (web oficial, consultada el 06/10/2026)
- Ley sobre Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015), artículos 76, 80 y 90 a 96. BOE (boletín oficial, consultada el 06/10/2026)
Historial de cambios
- Primera publicación de esta ficha.
- Entra en vigor el régimen transitorio de la Ordenanza 2/2026: algunos vehículos sin etiqueta pueden circular de forma temporal fuera de Distrito Centro y Plaza Elíptica.
- La ZBE de todo el municipio prohíbe circular a todos los vehículos sin etiqueta. En Distrito Centro solo pueden entrar sin etiqueta los históricos y los adaptados para personas con movilidad reducida.